PULSEN ENERGY – Instalación de Placas Solares y Cargadores Eléctricos
Si vives en un edificio con garaje comunitario y estás pensando en instalar un punto de recarga para tu coche eléctrico, es normal que te surja la duda:
¿Necesito autorización de la comunidad de propietarios?
La respuesta corta es: no necesitas permiso previo, pero sí debes comunicarlo.
Veamos qué dice la normativa y qué requisitos debes cumplir.
¿Qué Dice la Ley en España?
La normativa que regula esta situación es la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
Concretamente, el artículo 17.5 establece que:
La instalación de un punto de recarga para vehículo eléctrico en una plaza de garaje individual solo requiere comunicación previa a la comunidad.
Esto significa que:
✅ No es necesario someterlo a votación.
✅ No pueden denegarte la instalación.
✅ No necesitas aprobación en junta.
Puedes instalar tu cargador sin autorización cuando:
La plaza de garaje es de tu propiedad.
La instalación se conecta a tu contador individual.
El coste lo asumes íntegramente tú.
En este escenario, la comunidad no puede impedir la instalación.
Aquí cambia la situación.
Necesitarás:
Autorización del propietario de la plaza.
Comunicación a la comunidad.
Si el contrato de alquiler no menciona nada sobre modificaciones, conviene dejarlo por escrito.
Existen dos opciones técnicas:
Cableado desde tu vivienda hasta tu plaza.
Total independencia.
No afecta a la comunidad.
Requiere acuerdo comunitario.
Necesita sistema de medición individual.
Puede implicar votación en junta.
En este segundo caso, sí sería necesaria aprobación.
Aunque no necesites permiso, la instalación debe cumplir:
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (ITC-BT-52).
Certificado de instalación eléctrica (boletín).
Protecciones diferenciales y magnetotérmicas adecuadas.
La seguridad es prioritaria, especialmente en garajes cerrados.
El coste lo asume íntegramente el interesado, salvo que:
La comunidad decida hacer una preinstalación general.
Se apruebe un sistema colectivo de recarga.
Si en el futuro más vecinos quieren instalar cargadores, podrán usar la infraestructura existente si se ha dimensionado correctamente.
No. Siempre que:
Sea tu plaza privada.
Se conecte a tu contador.
Cumpla normativa técnica.
La comunidad no puede oponerse legalmente.
Solo podría actuar si:
La instalación incumple normativa.
Supone un riesgo estructural o eléctrico.
Se invade espacio común sin autorización.
Aunque la ley no exige permiso, es recomendable:
Informar por escrito de forma formal.
Adjuntar memoria técnica básica.
Indicar que cumples normativa vigente.
Esto evita conflictos innecesarios.
En España, sí es legal instalar un cargador de coche eléctrico en un garaje comunitario sin permiso de la comunidad, siempre que:
La plaza sea privada.
La conexión sea a tu contador individual.
Se comunique previamente.
La legislación actual favorece la movilidad eléctrica y protege el derecho del propietario a instalar su punto de recarga.